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● EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA) DE PROYECTOS.
Si bien la realización del Estudio de impacto constituye el núcleo de los
trabajos a realizar en una EIA, el alcance y los objetivos que plantea
AIAconsult en sus servicios son múltiples y de mayor amplitud:
 Advertir preventivamente de los condicionantes, limitaciones y
oportunidades que plantea el entorno de cara a la generación de
alternativas y soluciones ambientalmente integradas.
 Identificar los conflictos ambientales que podrían derivarse de la solución
adoptada con objeto de ajustar el diseño del proyecto a dichos problemas
potenciales.
 Establecer las medidas necesarias para minimizar el impacto ambiental
y definir los criterios ambientales a tomar en cuenta, a fin de lograr una
solución ambientalmente válida, que no de lugar a problemas por causa
de los efectos ambientales del proyecto.
 Proporcionar la documentación necesaria para el cumplimiento del
procedimiento de EIA con la máxima eficiencia.
 Asesorar al cliente a lo largo de todo el procedimiento administrativo de
evaluación de impacto ambiental.
● Documento inicial / ambiental del proyecto. Se prepara para dar inicio al
procedimiento de EIA o para realizar la correspondiente consulta al órgano
ambiental acerca de la necesidad de someter el proyecto al mismo. Debe
contener, al menos: a) La definición, características y ubicación del
proyecto; b) Las principales alternativas estudiadas; c) Un análisis de
impactos potenciales en el medio ambiente; d) Las medidas preventivas,
correctoras o compensatorias para la adecuada protección del medio
ambiente; e) La forma de realizar el seguimiento que garantice el
cumplimiento de las indicaciones y medidas protectoras y correctoras
contenidas en el documento ambiental.
El documento ambiental debe identificar a su autor o autores mediante
nombre, apellidos, titulación y DNI.
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Esquema de servicios y documentos elaborados por
AIAconsult en relación con el procedimiento de EIA.
● Estudio de impacto ambiental (EsIA). Documento técnico que resume la
estimación de los efectos ambientales del proyecto, obra o actividad
sometido a evaluación. Los proyectos que hayan de someterse a
evaluación deben incluir entre su documentación un EsIA, cuya amplitud y
nivel de detalle determina previamente el órgano ambiental.Dicho estudio
debe contener, al menos, los siguientes datos:
a) Descripción del proyecto y exigencias previsibles en el tiempo, en
relación con la utilización del suelo y de otros recursos naturales.
Estimación de los tipos y cantidades de residuos vertidos y emisiones de
materia o energía resultantes.
b) Exposición de las alternativas estudiadas y una justificación de las
razones de la solución adoptada, teniendo en cuenta los efectos
ambientales.
c) Evaluación de los efectos previsibles directos o indirectos del proyecto
sobre la población, la flora, la fauna, el suelo, el aire, el agua, los factores
climáticos, el paisaje y los bienes materiales, incluido el patrimonio
histórico artístico y el arqueológico, y su interacción.
d) Medidas previstas para reducir, eliminar o compensar los efectos
ambientales significativos.
e) Programa de vigilancia ambiental.
f) Resumen del estudio y conclusiones.
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